Reconocimiento de Paternidad

¿Qué hago si no se me permite reconocer a mi hijo porque la madre se niega?.

En la Sociedad mexicana se ha presentado de manera muy marcada una problemática social de abandono de mujeres cuando se ven inmersas en un embarazo, históricamente es común que las madres en esta situación, se hagan cargo de sus hijos solas por no contar con el apoyo de aquél socio que solo les ayudó a engendrar a ése hijo (a), por lo que era común que dichas madres se vieran en la necesidad de demandar al padre el Reconocimiento de Paternidad ante un Juzgado de lo Familiar, procedimiento que implica una prueba científica INEQUÍVOCA de ADN, pero hoy día, se combinan modalidades distintas en lo que respecta a quién acude a la tutela Judicial por dicha problemática social.

En la actualidad, sucede un fenómeno que altera el orden de los factores sobre quién tiene la necesidad de Demandar dicho reconocimiento, ya que ahora son los Padres, no en conjunto, sino individualmente hemos tenido casos de hombres, que buscan ser reconocidos, y han contado con nuestra asesoría y apoyo legal para demandar su inclusión de manera exitosa, aunque resulte increíble; hoy en día, hay mujeres que no quieren tener la participación del padre, no por vicios, insolvencia o problemas con la Justicia, sino por cuestiones de incompatibilidades diversas a las que señala la Ley para excluir de la filiación o en su caso demandar la pérdida de la Patria Potestad legalmente justificada hacia una persona, es decir; cuestiones de criterio y elección personal o conflictos que tuvieron su origen como pareja, posiblemente atribuibles a factores afectivos, económicos, rencores originados por celos, o incluso capricho y una especie de venganza indebida y mal encausada, bueno en ese plano la Ley no atiende ni debe atender al capricho de nadie en perjuicio de Derechos Fundamentales, más aún los de un menor con riesgo de ser privado de contar con un padre que quiere ver por él.

Es por lo anterior, que si te ves desplazado o ignorado en la participación que debes de tener para ejercer tu paternidad, cuentas con el Derecho Humano de demandar ante un Juez de lo familiar que se te reconozca como padre de ese niño o niña que viene en camino, pero sobre todo ese menor de edad goza de una protección muy amplia contenida en el artículo 4° Constitucional y en Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, disposiciones legales que tutelan el Interés Superior del Menor, a efecto de que un menor de edad acceda al Derecho a conocer sus orígenes, es decir; saber quienes son sus padres biológicos y a tener una Identidad, elemento base de la personalidad que puede brindar una estructura familiar no solo de uno, sino de ambos padres para que lo arrope y lo fortalezca a nivel afectivo y emocional e influya de manera positiva en su desarrollo integral, tales factores; acumulan un peso específico en la balanza que nivela los Derechos de un menor con respecto a los Derechos y decisiones de los padres.

Si te ves envuelto en el problema de que te sea negado el Derecho a ejercer una Paternidad Responsable, no te des por vencido, lucha, porque más que luchar por tus Derechos, significa luchar por los Derechos de quien no puede opinar si quiere o no tener un padre, o a su verdadero padre biológico, procurando así, escribir una mejor Historia de vida a tu hijo o hija.

Acércate a nosotros, será un placer atenderte y ayudarte.

Abogado Arturo Ortega.

Director de Abc Legal Abogados

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