Divorcio sin Expresión de Causa, tal como su nombre lo dice, no se necesita ni la firma del cónyuge, ni probar en el juicio una causal o motivante debidamente catalogada en la Ley, sino hacer valer un Derecho Humano en un ejercicio de la voluntad personal conceptuado en el libre desarrollo de la personalidad, gracias a criterios jurisprudenciales emitidos en relación con el Amparo Directo en Revisión 917/2009, el Amparo Directo en Revisión 1819/2014 y la Contradicción de Tesis 73/2014 que significaron una novedad en materia jurídica para todos los Estados de la República Mexicana, que como en Jalisco estipulaban en su Código Civil que para fundar y motivar una demanda y en su momento crear convicción en un Juez, se necesitaba acreditar una causa suficiente aportando necesariamente pruebas que significaban en el procedimiento un largo juicio para que un Juzgador pudiera declarar Divorciados a los cónyuges. El Divorcio Incausado representa una manera más ágil para disolver el vínculo matrimonial de aquellas personas a las que ya no les une el respeto, la consideración, el apoyo mutuo, la confianza o el amor y no pueden establecer un acuerdo u otros medios legales para divorciarse por mutuo consentimiento.