Primero debes identificar si tu caso encuadra en las características de un Fraude:
En México el Fraude esta tipificado como delito a nivel Local y Federal, es así que en este último, figura en el artículo 386 del Código Penal Federal y dice que comete el delito de Fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.
En base a lo anterior, de manera simple y clara, se puede hacer notar que dicha conducta lleva implícito el engaño y el beneficio o lucro indebido de uno que perjudica a otro al recibir y no dar a cambio lo pactado de manera parcial o total.
Es por eso que si te encuentras en el supuesto del que es perjudicado en su haber o patrimonio por un tercero que no ha cumplido su parte en un trato, incluso existiendo un compromiso formalizado en un contrato, puedes saber que se trata de un Fraude en tu perjuicio.
Dicho lo anterior puedes darte cuenta de que estas en calidad de Víctima de Fraude y en la penosa necesidad según sea el caso de hacerlo saber a la autoridad Penal más cercana a tu domicilio, es decir; ante un Agente del Ministerio Público para que se le de el trato adecuado a tu asunto.
No esta de más hacer mención, que es recomendable exponer tu caso con un Abogado Penalista que te pueda asesorar a efecto de que tu querella prospere y no se estanque, ya que el Abogado te acompañará en el proceso impulsando una solución más ágil y conveniente para que te sea restituido tu patrimonio.